El anteproyecto de Ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, supone el abandono del Proyecto de Real Decreto de IT, y un giro aún mayor a favor de las posiciones y peticiones de la patronal, que siempre ha aspirado a una Ley de Mutuas tal y como está orientada en el presente anteproyecto.
El anteproyecto da cumplimiento al Plan Nacional de reformas del Reino de España. Éste junto con los programas de estabilidad tiene por objetivo garantizar una disciplina presupuestaria más rigurosa mediante la supervisión y coordinación de las políticas presupuestarias dentro de la zona del euro y de la Unión Europea (UE).
En el Plan Nacional de Reformas 2012 ya se contemplaba el proyecto de Ley de Mutuas y sus fines, entre ellos luchar contra el absentismo laboral y acabar con el supuesto intervencionismo estatal sobre estas entidades privadas, así como favorecer el control de las bajas por contingencias comunes por parte de las Mutuas desde el primer día.
Desde USO entendemos que estas premisas suponen por un lado adoptar el lenguaje de la patronal como única referencia para el redactado de la norma, y por otro, la puesta de la salud de los trabajadores en manos privadas. Fija, además, grandes retribuciones para sus directivos.
Las cotizaciones sociales, con las que las mutuas realizan sus funciones, son retribuciones a los trabajadores y trabajadoras, y el presente anteproyecto, ignorando este hecho, las pone a plena disposición de los empresarios, sin apenas control por los demás agentes sociales ni por parte del estado.
La valoración del estado de salud se deja únicamente en manos del criterio de médicos que forman parte de asociaciones empresariales obsesionadas con reducir el absentismo laboral. Los pacientes quedan desamparados a merced de criterios economicistas y sin intervención ni de Médico de Atención Primaria, responsable del tratamiento y la curación, ni de los Inspectores de Servicios Sanitarios.
El anteproyecto entrega de facto a las Mutuas la capacidad de dar altas en contingencias comunes, si en cinco días no hay respuesta de la Inspección de Servicios Sanitarios, se entenderá emitido el parte de alta. Dado lo ajustadísimo del plazo y la saturación del todo el Sistema Nacional de Salud, esto va a suponer un grave problema de salud para todos los trabajadores y trabajadoras.
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